Artículo 143 bis del Código Penal español

La distribución o difusión pública a través de Internet, del teléfono o de cualquier otra tecnología de la información o de la comunicación de contenidos específicamente destinados a promover, fomentar o incitar al suicidio de personas menores de edad o personas con discapacidad necesitadas de especial protección será castigada con la pena de prisión de uno a cuatro años.

Las autoridades judiciales ordenarán la adopción de las medidas necesarias para la retirada de los contenidos a los que se refiere el párrafo anterior, para la interrupción de los servicios que ofrezcan predominantemente dichos contenidos o para el bloqueo de unos y otros cuando radiquen en el extranjero.

Comentarios al artículo 143 bis del Código Penal

    • Despenalización bajo condiciones estrictas: El artículo 143 bis establece un marco legal que permite la eutanasia activa, siempre que se cumplan condiciones estrictas. Esto refleja un equilibrio entre la compasión por el sufrimiento de los pacientes y la necesidad de salvaguardar la vida humana y prevenir abusos.
    • Profesional sanitario y supervisión: La necesidad de que la eutanasia sea realizada por un profesional sanitario y que cuente con la autorización de una Comisión de Garantía y Evaluación subraya la importancia de la supervisión médica y legal en estos casos, asegurando que se sigan procedimientos adecuados y éticos.
    • Derecho a una muerte digna: Este artículo reconoce el derecho de las personas a morir con dignidad en situaciones de sufrimiento extremo, alineándose con la Ley Orgánica 3/2021, de 24 de marzo, de regulación de la eutanasia, que proporciona el marco legislativo para el ejercicio de este derecho en España.
    • Protección contra decisiones impulsivas: Al requerir una petición seria, inequívoca y reiterada, el artículo protege contra decisiones impulsivas o bajo coacción, asegurando que el deseo de la eutanasia sea una decisión deliberada y persistente del paciente.

    En resumen, el Artículo 143 bis del Código Penal español regula la eutanasia activa bajo condiciones muy específicas y estrictas, reflejando un enfoque cuidadoso y equilibrado hacia el derecho a una muerte digna en circunstancias de sufrimiento insoportable, mientras se garantiza una supervisión y control adecuados para prevenir abusos y proteger a las personas vulnerables.

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Actualizado a 21/05/2024