Artículo 145 bis del Código Penal español

1. Será castigado con la pena de multa de seis a doce meses e inhabilitación especial para prestar servicios de toda índole en clínicas, establecimientos o consultorios ginecológicos, públicos o privados, por tiempo de seis meses a dos años, el que dentro de los casos contemplados en la ley, practique un aborto:

a) Sin contar con los dictámenes previos preceptivos;

b) Fuera de un centro o establecimiento público o privado acreditado. En este caso, el juez podrá imponer la pena en su mitad superior.

2. En todo caso, el juez o tribunal impondrá las penas previstas en este artículo en su mitad superior cuando el aborto se haya practicado a partir de la vigésimo segunda semana de gestación.

3. La embarazada no será penada a tenor de este precepto.

Comentarios al artículo 145 bis del Código Penal

1. Regulación de la práctica del aborto: Este artículo establece las condiciones legales en las que se puede practicar un aborto y las consecuencias legales para quienes lo realicen fuera de estas condiciones.

2. Requisitos previos: Se exige contar con los dictámenes previos preceptivos antes de realizar un aborto, lo que garantiza un proceso médico adecuado y legal.

3. Ubicación de la práctica: Se requiere que el aborto se realice en un centro o establecimiento público o privado acreditado. El incumplimiento de esta condición puede resultar en una pena mayor, lo que sugiere la importancia de garantizar la seguridad y calidad del procedimiento.

4. Agravantes según la etapa de gestación: El artículo establece que las penas serán más severas si el aborto se practica después de la vigésimo segunda semana de gestación, reconociendo así la mayor sensibilidad social sobre el tema en etapas avanzadas del embarazo.

5. Exención de responsabilidad para la embarazada: El artículo aclara que la embarazada no será penalizada según este precepto, lo que enfoca la responsabilidad legal en quienes realizan el procedimiento.

En resumen, el artículo 145 bis del Código Penal español busca regular y controlar la práctica del aborto, estableciendo requisitos y sanciones para quienes lo lleven a cabo fuera de los límites establecidos por la ley, mientras protege la integridad legal de la mujer embarazada.

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Actualizado a 21/05/2024