Artículo 185 del Código Penal español

El artículo 185 del código penal español cita que,

«El que ejecutare o hiciere ejecutar a otra persona actos de exhibición obscena ante menores de edad o personas con discapacidad necesitadas de especial protección, será castigado con la pena de prisión de seis meses a un año o multa de 12 a 24 meses.»

Comentarios al artículo 185 del Código Penal

El artículo 185 del Código Penal español regula el delito de exhibición obscena ante menores de edad o personas con discapacidad necesitadas de especial protección. Este tipo de delito está orientado a proteger a las personas más vulnerables de la exposición a comportamientos inapropiados y perjudiciales que puedan afectar su desarrollo físico, emocional y psicológico.

Elemento fundamental: Actos de exhibición obscena:

El artículo establece que cualquier persona que ejecute o haga ejecutar a otra persona actos de exhibición obscena ante menores de edad o personas con discapacidad que necesiten especial protección será castigada con una pena de prisión de seis meses a un año o multa de 12 a 24 meses. La exhibición obscena se entiende como la exposición o la realización de actos sexuales o comportamientos sexuales explícitos, que son inapropiados y perjudiciales cuando son presenciados por personas que, debido a su edad o condición, no están en una situación de madurez o capacidad para procesar o comprender estos actos de manera adecuada.

Vulnerabilidad de las víctimas:

El hecho de que el artículo se refiera específicamente a menores de edad y a personas con discapacidad necesitadas de especial protección subraya la especial vulnerabilidad de estos grupos. Los menores, por su falta de experiencia y conocimiento, son particularmente susceptibles al daño psicológico y emocional que puede derivarse de la exposición a contenidos sexuales inapropiados. Por su parte, las personas con discapacidad también pueden estar en una situación de desventaja, ya sea por dificultades cognitivas, de comunicación o de autonomía, lo que las hace aún más vulnerables frente a este tipo de agresiones.

Finalidad de la norma:

La principal finalidad de este precepto es proteger la integridad emocional y psicológica de los menores y personas con discapacidad frente a la exposición a contenido sexual no deseado. La ley reconoce que este tipo de actos no solo afectan a las víctimas en el momento de la exhibición, sino que pueden tener consecuencias a largo plazo, como trastornos psicológicos, problemas de autoestima y otras secuelas emocionales.

En resumen, el artículo 185 del código penal busca prevenir y castigar la exhibición obscena ante personas vulnerables, imponiendo penas de prisión o multa, para disuadir a los infractores y proteger el bienestar de menores y personas con discapacidad.

En Blanco Tovar Abogados estamos especializados en todo tipo de procedimientos penales y contamos con un servicio de urgencias las 24 horas del día los 365 días del año. Para cualquier duda contacte con nosotros su despacho penalista de confianza:

☏ +34 640 856 137

 +34 620 914 487

O bien al email: ivan.blanco@icam.es

Así mismo contamos con perfiles en redes sociales donde subimos contenidos diarios. Síganos en InstagramThreads y Twitter.

Actualizado a 29/01/2025