Asistencia letrada al detenido 24 horas

Una de las preguntas frecuentes que se hace la sociedad es qué se puede hacer una vez nos han detenido, después de haber cometido o no, un acto que presuntamente reviste de carácter delictivo.

En Blanco Tovar Abogados, lo primero que hacemos es asesorar a nuestro cliente de lo que tiene que hacer desde un primer instante.

ASISTENCIA LETRADA AL DETENIDO ¿QUÉ HACER SI LE HAN DETENIDO?

Una vez se ha efectuado la detención, los agentes de fuerzas y cuerpos de seguridad del estado, bien sea la policía nacional o bien sea la guardia civil, debe comunicar en un primer momento el derecho que tiene el cliente a la asistencia letrada al detenido (artículo 520 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal) bien sea por un letrado designado libremente por el detenido, o bien sea designado por el turno de oficio, pero sí o sí, es un derecho irrenunciable (a excepción de los delitos leves contra la seguridad vial) y que no se puede obviar, pues cuya inobservancia conllevaría la nulidad de las actuaciones policiales desde el primero momento.

Un consejo, que desde Blanco Tovar Abogados ofrecemos a nuestros clientes es que, antes de declarar en sede policial, es de vital importancia y fundamental realizar una primera entrevista con el abogado antes de declarar a fin de poder preparar la mejor estrategia de cara a la declaración.

asistencia letrada al detenido

DERECHO A NO DECLARAR

En sede policial en la mayoría de nuestros casos recomendamos a nuestros clientes que no declaren, pues, desde el punto de vista del procedimiento penal, se se declara, se cierran muchas puertas que es muy necesario mantener abiertas, por ejemplo, una posible conformidad con fiscalía o la acusación. Además desde el punto de vista nuestro, los abogados, probablemente una vez asistamos al cliente detenido en sede policial, no hayamos tenido el tiempo suficiente para poder ver toda la documentación relativa a la imputación de los hechos (recordamos que es un derecho conocer el atestado instruido y que podemos leerlo, pero no así, llevárnoslo, o bien hacer fotocopias. Así lo ha declarado el Tribunal Constitucional en Sentencia 21/2018 de 5 de marzo. Por todo ello, declarar en sede policial sin que el abogado cuente con toda la información puede hacer que se incurra en una serie de sinfín de errores que más adelante se podrían pagar muy caro.

Y por último y no menos importante, aunque el cliente sepa los motivos por los que ha sido detenido y sepa todo lo que ha sucedido, puede que en sede policial hable más de la cuenta y dificulte al abogado a que pueda realizar un servicio de calidad y poder ejercer una defensa con garantías, dando pie a que el procedimiento se vuelva en contra del cliente detenido antes de que se pueda evitar.

Una vez que se declare en sede policial (lo mas recomendable es que no se realice dicha declaración) y salvo que nos encontremos ante delitos graves o muy graves, lo normal es que se ponga en libertad al detenido o bien a disposición judicial de forma inmediata, ya que la detención no puede durar más de las 72 horas, es por ello que no es recomendable que el detenido hable demasiado en dependencias policiales.

Una vez esté el detenido en dependencias judiciales, lo más recomendable es que no efectúe declaración alguna, siempre y cuando no contemos con una línea de defensa establecida, mientras que si, por el contrario, contamos con una línea de defensa acorde con las circunstancias que garantice de la mejor forma y calidad el esclarecimiento de los hechos, el cliente detenido debe hacer una declaración sucinta en sede judicial, pues con la misma, se puede conseguir una resolución favorable.

ANTE UNA DETENCIÓN NO SE PRONUNCIE Y SOLICITE ASISTENCIA LETRADA

En Blanco Tovar Abogados recomendamos a nuestros clientes que ante una detención no se pronuncien ni digan nada, sólo escuchar los motivos de la detenciónsolicitar la designación inmediata de nuestros profesionales para que lo antes posible podamos garantizar que todos los derechos quedan salvaguardados. En esta firma, contamos con una experiencia suficiente y estamos altamente especializados en asistencia letrada al detenido logrando consigo una satisfacción en todos nuestros clientes y los mejores resultados para los mismos.

BLANCO TOVAR ABOGADOS LE ASISTE 24 HORAS

Además en Blanco Tovar Abogados, contamos con un servicio de asistencia letrada al detenido las 24 horas del días los 365 días del año, un servicio de abogado urgente las 24 horas al alcance de toda persona que lo necesite. Así mismo, estamos disponibles en plataformas de red social instagram en donde pueden contactarnos las 24 horas del día los 365 días del año.

Llámenos a los teléfonos que le damos a continuación y si necesita asistencia letrada le atenderemos de forma inmediata:

☏ +34 640 856 137

 +34 620 914 487