Artículo 252 del Código Penal español
¿Qué dice el artículo 252 del código penal español? El artículo 252 del código penal establece lo siguiente:
1. Serán castigados con las penas del artículo 248 o, en su caso, con las del artículo 250, los que teniendo facultades para administrar un patrimonio ajeno, emanadas de la ley, encomendadas por la autoridad o asumidas mediante un negocio jurídico, las infrinjan excediéndose en el ejercicio de las mismas y, de esa manera, causen un perjuicio al patrimonio administrado.
2. Si la cuantía del perjuicio patrimonial no excediere de 400 euros, se impondrá una pena de multa de uno a tres meses.
Comentarios al artículo 252 del Código Penal
El artículo 252 del Código Penal regula el delito de administración desleal, una figura que castiga a quienes, teniendo facultades legítimas para gestionar el patrimonio de otra persona, las utilizan de forma abusiva o excediéndose en sus funciones, causando un perjuicio económico al patrimonio administrado.
1. Concepto de administración desleal
La administración desleal se produce cuando una persona que tiene atribuidas facultades de gestión o administración sobre bienes ajenos actúa incumpliendo los deberes inherentes a su cargo y provoca un daño patrimonial.
Estas facultades pueden tener su origen en:
- La ley.
- Una resolución de autoridad competente.
- Un contrato o negocio jurídico.
Lo relevante no es la apropiación de los bienes, sino el uso indebido de las facultades de administración en perjuicio del titular del patrimonio.
2. Exceso en las facultades de administración
El delito exige que el administrador se exceda en el ejercicio de sus facultades. Esto puede ocurrir, por ejemplo, cuando:
- Realiza operaciones perjudiciales para el patrimonio administrado.
- Destina bienes o recursos a fines distintos de los autorizados.
- Asume riesgos injustificados que generan pérdidas económicas.
- Actúa en beneficio propio o de terceros en detrimento del patrimonio gestionado.
La conducta debe causar un perjuicio económico real y evaluable.
3. Relación con el delito de estafa
El propio artículo 252 del código penal establece que estas conductas serán castigadas con las penas previstas para la estafa en los artículos 248 y 250 del Código Penal.
Por ello, cuando concurran circunstancias agravantes, como una elevada cuantía del perjuicio o el abuso de relaciones de confianza, podrán aplicarse las penas más severas previstas para la estafa agravada.
4. Modalidad leve
El apartado segundo contempla una modalidad atenuada cuando el perjuicio patrimonial no supera los 400 euros.
En estos casos se impondrá una pena de multa de uno a tres meses, aplicando el principio de proporcionalidad en atención a la escasa entidad económica del daño causado.
5. Protección de la confianza patrimonial
El artículo 252 protege no solo el patrimonio ajeno, sino también la confianza depositada en quien administra bienes de terceros. La correcta gestión patrimonial es esencial en ámbitos familiares, empresariales y profesionales, por lo que el legislador sanciona especialmente los abusos cometidos desde posiciones de confianza.
Conclusiones en la interpretación del código 252 del código penal
El artículo 252 del Código Penal castiga la administración desleal cuando quien gestiona un patrimonio ajeno se excede en sus facultades y causa un perjuicio económico. La norma protege tanto el patrimonio administrado como la confianza depositada en administradores, tutores, representantes o gestores, estableciendo penas equivalentes a las previstas para la estafa.
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Actualizado a 8/06/2026