Prescripción de los delitos y prescripción de las penas

1. Prescripción del delito

1. Definición de prescripción del delito

La prescripción del delito se define como la «extinción de la responsabilidad criminal por el transcurso del tiempo«. En relación a los principales argumentos con respecto a la prescripción de los delitos son los que siguen:

  • El derecho del ciudadano a la seguridad jurídica.
  • El transcurso del tiempo reduce los efectos de la prevención general y especial.
  • Evitar una indefinida pendencia en cuanto a la posibilidad de dirigir contra alguien un procedimiento penal.

2. Plazos de prescripción de los delitos

En relación con los plazos de prescripción de los delitos de conformidad con lo dispuesto en el artículo 131 del Código Penal, los delitos prescriben:

  • los 20 años cuando la pena máxima señalada sea de prisión igual o superior a 15 años. Por ejemplo en el caso del delito de homicidio que está regulado en el artículo 138 del Código Penal, que mantiene lo siguiente «El que matare a otro será castigado, como reo de homicidiocon la pena de prisión de diez a quince años«. Por ello, para que prescriba un delito de homicidio es necesario que transcurra como mínimo 20 años desde la comisión del hecho delictivo.
  • A los 15 años, cuando la pena máxima señalada por la Ley sea prisión superior a 10 años e inferior a 15 años ó inhabilitación por más de 10 años. Por ejemplo encontramos el delito de lesiones en su modalidad agravada del artículo 149.1 del Código Penal que dice «El que causara a otro, por cualquier medio o procedimiento, la pérdida o la inutilidad de un órgano o miembro principal, de un sentido, la impotencia, la esterilidad, una grave deformidad, o una grave enfermedad somática psíquica, será castigado con la pena de prisión de seis a 12 años«,  Es por ello, que es necesario que para que prescriba este tipo de delito, es necesario que transcurra como mínimo 15 años desde la comisión del hecho delictivo.
  • A los 10 años, cuando la pena máxima señalada por la Ley sea de prisión superior a 5 años y que no exceda de 10 años. Por ejemplo aquí se pude encuadrar el delito de detención ilegal del artículo 163.1 del Código Penal, que señala «El particular que encerrare o detuviere a otro, privándole de su libertad, será castigado con la pena de prisión de cuatro a seis años«. 
  • A los 5 años, los restantes delitos, excepto los delitos leves y los delitos de injurias y calumnias, que prescriben al año. Un ejemplo de esto es el delito de agresión sexual del artículo 178.1 del Código Penal que dice «Será castigado con la pena de prisión de uno a cuatro años, como responsable de agresión sexual, el que realice cualquier acto que atente contra la libertad sexual de otra persona sin su consentimiento«. Con respecto a los delitos leves podemos tomar de ejemplo el delito de lesiones leves del artículo 147.2 del Código Penal que dice «El que, por cualquier medio o procedimiento, causare a otro una lesión no incluida en el apartado anterior (artículo 147.1 Código Penal), será castigado con la pena de multa de uno a tres meses«.

Con respecto de los delitos de lesa humanidad y de genocidio, y los delitos contra las personas y bienes protegidos en caso de conflicto armado, salvo los sancionados en el artículo 614 del Código PenalNO PRESCRIBEN NUNCA. Tampoco hay prescripción de los delitos de terrorismo si hubiesen causado la muerte de una persona.

2. Prescripción de la pena

1. Plazos de la prescripción de las penas

En aplicación de lo dispuesto en el artículo 133 del Código Penal, los plazos de la prescripción de las penas impuestas por sentencia firme son:

  • A los 30 años, las penas de prisión por más de 20 años. Un ejemplo claro de esto, es el delito de asesinato regulado en el artículo 139 del Código Penal que dice «Será castigado con la pena de prisión de quince a veinticinco años, como reo de asesinato, el que matare a otro concurriendo alguna de las siguientes…«
  • A los 25 años, las de prisión de 15 o más años sin que excedan de 20 años. Un ejemplo podría ser el delito de secuestro del artículo 166.1 del Código Penal que viene a decir «El reo de detención ilegal secuestro que no dé razón del paradero de la persona detenida, será castigado con una pena de prisión de diez a quince años, en el caso de detención ilegal y de quince a veinte años en el caso del secuestro
  • A los 20 años, las de inhabilitación de más de 10 años y las de prisión por más de 10 y menos de 15 años. Ejemplo de esto sería el delito de agresión sexual del artículo 179 del Código Penal «Cuando la agresión sexual consista en el acceso carnal por vía vaginal, anal o bucal, o introducción de miembros corporales u objetos por alguna de las dos primeras vías, el responsable será castigado como reo de violación con la pena de prisión de cuatro a doce años
  • A los 15 años, las de inhabilitación por más de 6 años y que no excedan de 10 años y las de prisión por más de 5 años y que no excedan de 10 años. Un ejemplo de ello es el delito de aborto del artículo 144 del Código Penal «El que produzca aborto de una mujer, sin su consentimiento, será castigado con la pena de prisión de cuatro a ocho años e inhabilitación especial para ejercer cualquier profesión sanitaria, o para prestar servicios de toda índole en clínicas, establecimientos o consultorios ginecológicos, públicos o privados, por tiempo de tres a diez años.«
  • A los 10 años, las restantes penas graves.
  • A los 5 años, las penas menos graves. Ejemplo de ello sería el delito de lesiones del artículo 147.1 del Código Penal «El que, por cualquier medio o procedimiento, causare a otro una lesión que menoscabe su integridad corporal o salud física o mental, será castigado como reo del delito de lesiones con la pena de prisión de tres meses a tres años o multa de seis a doce meses, siempre que la lesión requiera objetivamente para su sanidad, además de una primera asistencia facultativa, tratamiento médico o quirúrgico. La simple observancia o seguimiento facultativo del curso de la lesión no se considerará tratamiento médico
  • Al año las penas leves. Ejemplo sería el delito leve de homicidio por imprudencia menos grave del artículo 142.2 del Código Penal «El que por imprudencia menos grave causare muerte de otro, será castigado con la pena de multa de tres a dieciocho meses

Las penas impuestas por los delitos de lesa humanidad y de genocidio y por los delitos contra las personas y bienes protegidos en caso de conflicto armado, salvo los castigados en el artículo 614 del Código PenalNO PRESCRIBEN EN NINGÚN CASO. Tampoco prescribirán las penas impuestas por delitos de terrorismo, si éstos hubiesen causado la muerte de una persona.

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